Gobierno evita que la Comisión de Hacendarios archive el proyecto de ley. La iniciativa busca el mejoramiento de la administración de justicia, en aquellas demandas de cobro judicial provenientes del Sistema Financiero Costarricense.
El Poder Ejecutivo anuncia que desconvoca, de manera temporal, la iniciativa de ley que tiene el objetivo de buscar la eficiencia en las gestiones de cobros judiciales.
Se trata de un proyecto de ley que, aquellas demandas de cobro judicial que provienen del Sistema Financiero Costarricense (conformado por 51 entidades, con carteras crediticias que rondan los ₡10 billones) y propone la creación de una tasa a los servicios judiciales cobratorios con el objetivo de que se invierta lo recaudado en la tramitación de estos casos.
El presidente de la República, Carlos Alvarado, y la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte, emitieron este martes el decreto ejecutivo (N°43380-MP), para desconvocar temporalmente el proyecto de ley expediente N°22.802 “Ley creación de una tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria”, para evitar que, por segunda ocasión se archive este proyecto por algunos diputados y diputadas que conforman la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.
Además, el proyecto detalla que se establecería una tasa a “los procesos monitorios dinerarios, ejecuciones hipotecarias, ejecuciones prendarias, ejecuciones de garantías mobiliarias, reposesión de garantías mobiliarias y embargos preventivos que sean competencia de los Juzgados de Cobro Judicial”.
“Esta iniciativa de ley es de vital importancia para descongestionar la gran cantidad de expedientes sobre cobros judiciales de entes financieros y contribuir a los costos operativos que devenga el Poder Judicial. Ante la posibilidad de que algunos diputados y diputadas archiven este proyecto de ley, ya que anteriormente habían archivado una iniciativa idéntica, el Ejecutivo opta por desconvocar para evitar que esta importante iniciativa no prospere en la corriente legislativa”, explicó la ministra Dinarte.
Dinarte explica que, el proyecto de ley que “el porcentaje será como mínimo del 1,5% y 2,5%, podrá ser fijo para todos los casos o escalonado por rangos según el valor de la estimación de la demanda o del proceso cobratorio”.
Sobre el esquema del porcentaje a cobrar, el expediente legislativo de la iniciativa de ley, establece que, en el caso de la administración se deberá definirse anualmente por la Corte Plena del Poder Judicial, con base en un estudio técnico y financiero que consideren la necesidad de establecer mínimo y máximos para hacer la gestión cobratoria, la estadística institucional en materia de cobro judicial, y los resultados de la gestión cobratoria que se pretende alcanzar que justifiquen la tasa.
La Casa Presidencial confirma que la intención para desconvocar el proyecto de ley es para evitar el archivo y que posteriormente ser convocado por el Ejecutivo
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